 {"id":55276,"date":"2019-06-21T23:44:40","date_gmt":"2019-06-21T21:44:40","guid":{"rendered":"https:\/\/seedfreedom.info\/?p=55276"},"modified":"2019-12-17T18:48:21","modified_gmt":"2019-12-17T17:48:21","slug":"no-se-cansan-de-intentarlo-no-nos-cansamos-de-decir-que-no-a-la-ley-monsanto-bayer-de-semillas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/seedfreedom.info\/es\/no-se-cansan-de-intentarlo-no-nos-cansamos-de-decir-que-no-a-la-ley-monsanto-bayer-de-semillas\/","title":{"rendered":"No se cansan de intentarlo. No nos cansamos de decir que NO a la Ley &#8220;Monsanto-Bayer&#8221; de Semillas."},"content":{"rendered":"<p><span id=\"fbPhotoSnowliftCaption\" class=\"fbPhotosPhotoCaption\" tabindex=\"0\" aria-live=\"polite\" data-ft=\"{&quot;tn&quot;:&quot;K&quot;}\"><span class=\"hasCaption\">Buenos Aires, 21 de Junio de 2019<\/span><\/span><\/p>\n<p>GACETILLA DE PRENSA<\/p>\n<p>No se cansan de intentarlo. No nos cansamos de decir que NO a la Ley &#8220;Monsanto-Bayer&#8221; de Semillas.<\/p>\n<p>Desde el a\u00f1o 2012, las grandes corporaciones del agronegocio vienen negociando con los diferentes gobiernos los lineamientos generales para una nueva ley de semillas, que habr\u00e1 de otorgarles a las semilleras la posibilidad de terminar con el \u201cderecho de uso propio\u201d de los agricultores, y cobrar regal\u00edas CADA VEZ que agricultores y agricultoras utilicen una semilla sujeta a derechos de obtentor. Por primera vez, en tantos a\u00f1os, estos intentos se plasmaron en un proyecto de reforma, cuyo dict\u00e1men fue aprobado a fines de 2018, que hoy busca ser presentado en el recinto de la C\u00e1mara de Diputados del Congreso de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>El pr\u00f3ximo mi\u00e9rcoles 26 de junio se realizar\u00e1 una nueva sesi\u00f3n de diputados en la que se buscar\u00e1 aprobar, entre otras tantas cuestiones que captar\u00e1n la atenci\u00f3n medi\u00e1tica, este proyecto de ley.<\/p>\n<p>Tal y como venimos denunciando, el texto que buscan aprobar se negocio a puertas cerradas con un pu\u00f1ado de corporaciones del agronegocio y es parte de una ofensiva mundial para poner bajo control corporativo las semillas, que est\u00e1n en la base de todas las cadenas agroalimentarias, transformando el derecho de todos\/as los\/as agricultores\/as en una excepci\u00f3n para algunos pocos\/as.<\/p>\n<p>Por todo esto, y aunque se cansen de intentar aprobarlo, nosotros y nosotras jam\u00e1s nos cansaremos de rechazar de manera contundente este intento de imponer una modificaci\u00f3n a la Ley de Semillas.<\/p>\n<p>Nos declaramos en estado de alerta y movilizaci\u00f3n para impedir que se lleve adelante el tratamiento de la misma en la pr\u00f3xima sesi\u00f3n parlamentaria del Mi\u00e9rcoles 26 de junio.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 dice el dictamen que modifica la ley de semillas y que el ejecutivo quiere imponer?<\/p>\n<p>1. Permite que se reconozca como \u201cCREACI\u00d3N FITOGEN\u00c9TICA u OBTENCI\u00d3N VEGETAL\u201d al material vegetal obtenido por descubrimiento; lo que convalida la posibilidad de apropiaci\u00f3n de las semillas criollas y nativas. Las semillas agr\u00edcolas no puede ser \u201cdescubiertas\u201d pues TODAS son creaci\u00f3n colectiva de los pueblos. Cualquier semilla presentada como descubrimiento ha sido robada a alguna comunidad campesina o ind\u00edgena que la desarroll\u00f3. De esta manera la Ley intenta legalizar la biopirater\u00eda, es decir, el robo de la naturaleza.<\/p>\n<p>2. Refuerza el poder de polic\u00eda que el Instituto Nacional de Semillas (INASE) tiene para velar por los intereses de las empresas. Ante cualquier pedido de las empresas que consideren que est\u00e1n siendo vulnerados sus derechos de propiedad intelectual, el instituto podr\u00e1 acceder a cualquier cultivo o producto de la cosecha en cualquier lugar en que se encuentre, y disponer de la toma de muestras en cualquier etapa de la cadena de producci\u00f3n. Adem\u00e1s propone una composici\u00f3n del INASE en la que la mayor\u00eda de sus integrantes son del sector privado. Incluso UATRE, sindicato que siempre ha defendido los intereses patronales, es un apoyo central de la pol\u00edtica privatista de este Instituto. De esta manera, el Estado y el sector privado son socios en detrimento del derecho de uso propio de los agricultores.<\/p>\n<p>3. Para los controles establece que el INASE tiene la \u201cfacultad exclusiva de fijar los umbrales m\u00ednimos de detecci\u00f3n de tecnolog\u00eda que habilitar\u00e1n la percepci\u00f3n de cargos por derechos de propiedad intelectual\u201d. Esto posibilitar\u00eda que se le reclame Derechos de Propiedad Intelectual a un productor cuyo campo fue contaminado con transg\u00e9nicos por el polen de otro productor, si el INASE fijara bajos \u201cumbrales m\u00ednimos de detecci\u00f3n de tecnolog\u00eda\u201d. Esto ocurre en Canad\u00e1 y de aprobarse esta ley, ocurrir\u00e1 aqu\u00ed.<\/p>\n<p>4. Cambian el Derecho de Uso Propio de los Agricultores por el Derecho de Obtentor como eje de la agricultura argentina. El proyecto explicita que el titular del derecho de una variedad protegida podr\u00e1 requerir el pago correspondiente a quien reserve y utilice semilla para su uso propio en cada posterior propagaci\u00f3n o multiplicaci\u00f3n. Salvo, para el caso de los considerados \u201cagricultores exceptuados\u201d: productores de agricultura familiar inscriptos en la RENAF (Registro Nacional de la Agricultura Familiar), pueblos originarios y quienes se encuentren en los par\u00e1metros de facturaci\u00f3n que la normativa fija para la categor\u00eda de micropyme. El proyecto NO except\u00faa del pago de Derechos de Propiedad Intelectual a ning\u00fan productor que produzca materias primas o alimentos a partir del cultivo de creaciones fitogen\u00e9ticas.<br \/>\nPor esta raz\u00f3n, el \u201cuso propio\u201d deja de ser libre y gratuito, concepci\u00f3n entendida como un \u201cderecho de los agricultores\u201d que se enmarca en tratados internacionales a los que Argentina es signataria, como la \u201cUni\u00f3n para la Protecci\u00f3n de las Obtenciones Vegetales\u201d (UPOV) en su versi\u00f3n de 1978 (Ley 24.376) y el \u201cTratado Internacional sobre los Recursos Fitogen\u00e9ticos para la alimentaci\u00f3n y la agricultura\u201d (TRFAA), conocido como Tratado de Semillas. Por esta raz\u00f3n, advertimos que la aprobaci\u00f3n del proyecto generar\u00e1 una grave contradicci\u00f3n normativa, violando los tratados antes mencionados, con jerarqu\u00eda superior en nuestra legislaci\u00f3n.<br \/>\nJunto con esto, ignora abiertamente el r\u00e9gimen de protecci\u00f3n, uso propio, acopio y libre circulaci\u00f3n de las semillas nativas y criollas creado por la ley 27.118 de \u201cReparaci\u00f3n hist\u00f3rica de la Agricultura Familiar para la Construcci\u00f3n de una nueva ruralidad\u201d, dado que promueve la apropiaci\u00f3n de semillas por parte de las grandes corporaciones sin haber realizado un inventario previo de semillas nativas y criollas.<br \/>\nDe esta manera, un derecho que reconoce el rol hist\u00f3rico que los y las productores\/as han tenido en el mejoramiento de las semillas y la agricultura es vulnerado a trav\u00e9s del establecimiento de \u201cexcepciones\u201d que s\u00f3lo se har\u00edan vigentes en caso de acreditar \u201cpobreza\u201d.<\/p>\n<p>5. S\u00f3lo determina que son de \u201corden p\u00fablico\u201d algunos art\u00edculos, entre los que no se encuentra incluido el art\u00edculo 27 que determina alguna restricci\u00f3n a los Derechos de Obtentor. Por lo tanto, esto habilita la posibilidad de la existencia de disposiciones que avancen sobre las excepciones.<\/p>\n<p>6. El art\u00edculo 10 establece que se incorpora como parte de las \u201cDeducciones Especiales de la Tercera Categor\u00eda\u201d de la Ley de Impuesto a las Ganancias la posibilidad de los productores de deducir \u201cUna vez y media (1.5) los importes abonados en concepto de adquisici\u00f3n de semilla fiscalizada\u201d. Esto implica que el pago de la semilla fiscalizada ser\u00e1 financiado por el Estado Argentino sumando as\u00ed un eslab\u00f3n m\u00e1s a los muchos subsidios que el Estado otorga al agronegocio.<\/p>\n<p>De esta manera, esta Ley de Semillas nos hace pagar a todos por las regal\u00edas a las empresas, ya que permite a los productores descontar \u201cuna vez y media\u201d lo que paguen por ellas, del Impuesto a las Ganancias. Esto es un subsidio estatal del orden de los 900 millones de d\u00f3lares, en un contexto en que se impone el \u201cd\u00e9ficit cero\u201d y el ajuste del gobierno, y en el que una parte importante de la clase trabajadora no puede evitar el pago injusto del impuesto a la ganancia.<\/p>\n<p>Lo que est\u00e1 en juego es absolutamente vital. En los pa\u00edses donde las corporaciones lograron imponer sus leyes de semillas ocurre la destrucci\u00f3n de los suelos con la expansi\u00f3n de los monocultivos y las fumigaciones, la desaparici\u00f3n de semillas nativas y criollas, la contaminaci\u00f3n y p\u00e9rdida de la biodiversidad, el aumento de enfermedades y muertes, la persecuci\u00f3n de agricultores\/as, la criminalizaci\u00f3n de los intercambios de semillas, la destrucci\u00f3n de cosechas y el mayor control corporativo sobre los alimentos y sus precios, en detrimento de la inmensa mayor\u00eda de las y los agricultores argentinos y de la soberan\u00eda alimentaria de nuestro pueblo.<br \/>\nLos \u201cconsensos\u201d de los poderosos del agronegocio son la entrega de nuestros bienes naturales y la amenaza de nuestra Soberan\u00eda Alimentaria.<\/p>\n<p>noalanuevaleydesemillas@gm<wbr \/>ail.com<\/p>\n<p>Contactos de Prensa<br \/>\nTamara Perelmuter: 11-3778-8606<br \/>\nCarla Poth: 11-5029-6704<br \/>\nDeolinda Carrizo: 11-3348-9316<br \/>\nCarlos Vicente: 11-6308-8809<br \/>\nFernando Cabaleiro: 11-3864-0522<br \/>\nMarcos Filardi: 11-4054-4317<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Buenos Aires, 21 de Junio de 2019 GACETILLA DE PRENSA No se cansan de intentarlo. 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